Nuevo código de actividades en IIBB: "NAES"

Recientemente la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral aprobó el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), que deberá ser utilizado por todos los contribuyentes de convenio en relación con las actividades desarrolladas y la presentación de declaraciones juradas.
Así lo dispuso al dictar la Resolución General N° 7/2017 de fecha 15 de junio de 2017.
El NAES entrará en vigencia el 1° de enero de 2018.
Por otra parte, en los Anexos de dicha resolución se incluyen las tablas de correspondencia entre el NAES y los otros códigos de actividades utilizados:

Se deroga la Resolución General N° 72/1999 (Programa SD 99 – Software Domiciliario Convenio Multilateral).

Parte de prensa de la Comisión Arbitral

Así lo informó oficialmente el organismo en su sitio institucional:

Nuevo nomenclador de actividades económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES)
El pasado 15 de junio la Comisión Arbitral, reunida en la ciudad de Resistencia, aprobó un nuevo Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), que reemplazará al actual “CUACM – Código Único de Actividades del Convenio Multilateral”, el cual data del año 1999.
El NAES tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 2018 y deberá ser utilizado por todos los contribuyentes de Convenio Multilateral para comunicar las actividades económicas que desarrollen como así también para la presentación de sus declaraciones juradas.
Se destaca que el nuevo nomenclador está basado en el Clasificador Nacional de Actividades Económicas 2010 (CLANAE), que tiene a su vez como referencia la CIIU (Clasificación Internacional Industrial Uniforme) revisión 4 de las Naciones Unidas.
El CLANAE es un instrumento utilizado por la mayoría de los organismos oficiales a nivel estadístico y tributario en todo el país (Direcciones Provinciales de Estadística, AFIP, Aduana, entre otros).
En particular, el NAES guarda una fuerte correspondencia con el Nomenclador de Actividades Económicas de la AFIP, aprobado por la Resolución General n°3537 (B.O. 1/11/2013). De este modo, el nuevo nomenclador simplificará el cumplimiento tributario por parte de los contribuyentes de Convenio Multilateral y permitirá armonizar y homogeneizar a nivel nacional y provincial la información tributaria.
El proceso de reclasificación de los contribuyentes tendrá inicio en el mes de octubre del corriente año.